Si, todo propietario, por el solo hecho de serlo, tiene la obligación de pertenecer a la Junta y contribuir a los gastos de la misma en proporción a su propiedad.
Esta obligación está fijada por la ley y ningún propietario puede negarse ya que su terreno está afectado por una inscripción en el Registro de la Propiedad, de forma que cuando se vende el comprador hereda la obligación de contribuir a los gastos de urbanización. Por el solo hecho de comprar un terreno el comprador queda ya integrado en la Junta, y tiene la obligación de comunicar que ha comprado.