Las cuotas de la Junta tienen el mismo tratamiento que los impuestos y son exigibles por la vía de apremio, como si fuese el Impuesto de Bienes Inmuebles. Si alguien no paga las cuotas la Junta puede solicitar del Ayuntamiento o del Consejo Comarcal que inicie los trámite de embargo de bienes para el pago. Este embargo puede ser de la parcela o puede ser de sueldos, cuentas, coches u otras propiedades.

En casos extremos la Junta también puede pedir la expropiación de la parcela, descontando la deuda del justiprecio que se tenga que pagar, y el propietario pierde su propiedad.